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En Menos de tres meses concluye el plazo solicitud de Nacionalidad por Ley Memoria Histórica

20 septiembre, 2011 @ 14:02
Autor: legalcity     (5.615 lecturas)

El plazo para optar a la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica finaliza el 27 de Diciembre de 2011 para los descendientes de españoles.

*Recordemos que la citada Ley 52/2007, de 26 de diciembre,   en su disposición adicional séptima permite la adquisición por opción de la nacionalidad española de origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.

 

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LEY 52/2007, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE RECONOCEN Y AMPLÍAN DERECHOS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS A FAVOR DE QUIENES PADECIERON PERSECUCIÓN O VIOLENCIA DURANTE LA GUERRA CIVIL Y LA DICTADURA (CONOCIDA COMO “LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA”)

En esta página puede encontrar usted toda la información al respecto y solicitar cita previa para la presentación de la documentación necesaria en el Consulado General de España o en la Sección Consular de la Embajada de España en cuya demarcación resida.

  1. ¿Quiénes pueden optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?
  2. ¿A partir de cuándo se puede optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?
  3. ¿Qué documentación hay que presentar para poder solicitar la opción por la nacionalidad española?
  4. ¿Dónde puedo conseguir las certificaciones literales de nacimiento requeridas?
  5. ¿Cómo se van a resolver las solicitudes de opción a la nacionalidad española?
  6. Una vez haya optado por la nacionalidad española, ¿podrán hacerlo mis descendientes?
  7. ¿Dónde se puede optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre?

Esta información ha sido elaborada a partir de la Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la DGRN del Ministerio de Justicia, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007.

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