Diario El Mundo: independientemente de la decisión que tome el trabajador, AMIC deberá pagarle los salarios que no ha percibido desde su despido (noviembre de 2010) hasta hoy, una cantidad próxima a los 32.000 euros.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la entidad AMIC (Asociación de Ayuda Mutua de Inmigrantes en Cataluña), perteneciente al sindicato UGT, a readmitir o indemnizar a un trabajador por su despido en noviembre de 2010 al considerar que fue improcedente.
El afectado fue despedido por la Asociación por supuestas irregularidades en la compra-venta de contratos de trabajo a ciudadanos de nacionalidad extranjera en situación irregular, hecho que no se ha podido probar.
El trabajador, que en el momento de su despido era el delegado sindical de la entidad, decidió demandar a la AMIC bajo la asistencia del despacho de abogados y asesores en extranjería Legalcity.
La sentencia, dictada a finales de febrero de este año, declara la improcedencia del despido y condena a la asociación a readmitir al trabajador o bien indemnizarle con 17.991,34 euros, una opción que escogerá el propio afectado.
Además, según la sentencia, independientemente de la decisión que tome el trabajador, AMIC deberá pagarle los salarios que no ha percibido desde su despido (noviembre de 2010) hasta hoy, una cantidad próxima a los 32.000 euros.
No obstante, la sentencia también da a la entidad la posibilidad de readmitir al trabajador y formular un nuevo despido siempre que se abra un expediente contradictorio, un requisito formal y de cumplimiento previo al despido de los trabajadores que son delegados sindicales que no se tramitó en el proceso anterior.
Tomado de El Mundo: http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/13/barcelona/1331663526.html






