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¿Como demostrar los medios económicos para obtener la tarjeta como familiar de un español?

26 julio, 2012 @ 09:31
Autor: legalcity     (5.216 lecturas)

¿Cómo acreditar medios económicos si solicita una tarjeta como familiar de un español o de cualquier ciudadano de la Unión Europea?

La Oficina de Extranjeros de Barcelona ha detallado  a Legalcity cómo se pueden acreditar los medios económicos si un inmigrante extracomunitario solicita una tarjeta como familiar de un comunitario.

A continuación reproducimos textualmente la información que ha ofrecido a Legalcity el servicio de información para profesionales de la Oficina de Extranjeros de Barcelona:

Deberá aportar documentación que acredite la disponibilidad de medios económicos suficientes por parte del nacional de la UE, (tanto si el comunitario es español como si no lo es)  en relación con lo establecido en la  Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (BOE de 10/julio/2012).

- Si el nacional de la UE es trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia  y ha consentido en el impreso de solicitud la comprobación de los datos por parte de esta Administración: no será necesario que aporte -en su caso- documentación complementaria.

- Si el nacional de la UE está desempleado y cobra prestaciones por desempleo: prueba documental de que está inscrito como demandante de empleo desde la fecha en que perdió el trabajo y justificación de las cuantías de la prestación

- Si el nacional de la UE es estudiante, debe aportar:

“matrícula en un centro público o privado”

“documentación que acredite la disposición de renta suficiente para no suponer una carga para la asistencia social Española”

“seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España del ciudadano UE y sus familiares”

El europeo estudiante sólo dará derecho en régimen comunitario al cónyuge, pareja de hecho e hijos.

- Si el nacional de la UE no trabaja y es rentista:

“prueba documental que acredite la disposición de recursos suficientes”

“ seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España, del ciudadano UE y sus familiares”

MUY IMPORTANTE: Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado.

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