MSE es una extranjera residente en Barcelona, que tuvo un hijo fruto de su matrimonio, tras lo cual invitó a su madre en su país de origen para que viniera a conocer al recién nacido: su nieto.

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Cuando la señora se presentó ante el Consulado de España en dicho país, el cónsul entendió que no era procedente otorgarle un visado y le denegó el derecho de venir a conocer a su nieto y estar con su familia.
Muy triste por la denegación de visado por visita familiar, contactó con el equipo de Abogados de Extranjería e Inmigración de Legalcity, que tras valorar el caso, entendió que no era conforme a derecho tan grave vulneración de los derechos familiares, y por tanto se interpuso un recurso contencioso administrativo por denegación de visado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quien tras meses de pleito, finalmente le dio la razón a la cliente de Legalcity, quien ya puede venir a España a estar con su familia y conocer a su nieto.

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«La alegría es inmensa«, finalmente decía MSE. «de veras que muchas gracias«.
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Siempre recomendamos que en caso de una denegación de visado ante el Consulado de España en el país de origen, que se asesoren con Abogados especialistas en Derecho de Extranjería e Inmigración, pues en no pocas ocasiones las denegaciones son arbitrarias e infundadas, pues la Administración sabe que pocos extranjeros están dispuestos a interponer un recurso contencioso administrativo por denegación de visado, pues ello implica un coste económico y de tiempo, que muchos extranjeros no se pueden permitir.
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