La reagrupación de la familia extensa es un proceso que permite a los ciudadanos españoles traer a determinados familiares que no se consideran parte de la familia directa. Hasta mayo de 2025, estos familiares están regulados bajo el régimen comunitario, lo que implica la posibilidad de tramitar la Tarjeta de Familiar de Comunitario.
Con el nuevo reglamento que entrará en vigor a partir del 20 de mayo de 2025, toda la familia extensa se incorporará dentro de la Residencia Temporal de Familiar de Español, unificando el proceso de solicitud y simplificando los requisitos.
¿Qué familiares forman parte de la familia extensa?
El término familia extensa se definió en 2015 con la introducción del artículo 2.bis del Real Decreto 240/2007. Este concepto amplía el grupo de familiares que pueden optar a la reagrupación. Entre ellos se incluyen:
- Parejas estables no inscritas, siempre que se pueda acreditar una relación duradera.
- Nietos, abuelos y hermanos que dependan económicamente del ciudadano español.
- Otros familiares que convivan o estén a cargo del ciudadano español.
Además, siguen incluidos los familiares directos tradicionales:
- Cónyuge o pareja registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores a cargo.
- Ascendientes directos a cargo.
Arraigo Familiar: Vigente hasta el 19 de mayo de 2025
El Arraigo Familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, válida hasta el 19 de mayo de 2025. Aplica para:
- Progenitores o tutores de menores españoles.
- Cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano español.
- Ascendientes mayores de 65 años o menores a cargo.
- Descendientes menores de 21 años o mayores a cargo.
- Hijos de personas que fueron originariamente españoles.
Aquellos familiares que no cumplan con estas condiciones deberán gestionar una Tarjeta de Familiar de Comunitarioa través del proceso de familia extensa, cumpliendo todos los requisitos correspondientes.
Nueva Tarjeta de Familiar de Español (a partir del 20 de mayo de 2025)
El nuevo reglamento que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025 presenta la Residencia Temporal de Familiar de Español, la cual abarca a toda la familia, tanto directa como extensa. Los familiares que podrán optar a esta tarjeta son:
- Cónyuge o pareja de hecho registrada del ciudadano español.
- Pareja estable acreditada (por convivencia o hijos en común).
- Hijos menores de 26 años o mayores a cargo.
- Ascendientes en primer grado a cargo (considerados a cargo a partir de los 80 años).
- Progenitores o tutores de menores españoles.
- Cuidadores de ciudadanos españoles con grados de dependencia.
- Hijos de padres o madres que hayan sido españoles.
- Otros miembros de la familia extensa, si se demuestra que están a cargo.
¿Qué significa «estar a cargo»?
El nuevo reglamento detalla claramente el concepto de estar a cargo, el cual debe cumplir con los siguientes criterios:
- Relación mantenida en el tiempo.
- Dependencia económica o física, demostrable en el país de origen.
- Pertencia al mismo hogar.
En términos económicos, se deben demostrar envíos de dinero equivalentes al 51% del Producto Interior Bruto (PIB)del país de origen durante al menos un año. Además, el ciudadano español debe acreditar que cuenta con recursos suficientes para mantener esta situación.
Un cambio notable en el nuevo reglamento es que se presumirá automáticamente la dependencia para ascendientes mayores de 80 años, frente al requisito anterior de 65 años.
Ejemplos prácticos de reagrupación:
- Cónyuge de ciudadano español: tramitará el Arraigo Familiar (antes del 20 de mayo de 2025) o la Residencia Temporal de Familiar de Español (después de esta fecha).
- Hermano a cargo: gestionará una Tarjeta de Familiar de Comunitario bajo la categoría de familia extensa, siempre que se acredite la dependencia.
Conclusión
La entrada en vigor del nuevo reglamento en mayo de 2025 simplificará notablemente el proceso de reagrupación al unificar en una sola tarjeta a toda la familia, directa y extensa. Sin embargo, el cumplimiento de los requisitos, especialmente la demostración de dependencia, seguirá siendo fundamental.
En Legalcity, contamos con un equipo de abogados especializados en extranjería, preparados para ofrecerte un asesoramiento personalizado y garantizar el éxito de tu proceso de reagrupación familiar. Contáctanos y deja que nos encarguemos de todo.

