Esta pregunta es muy frecuente para aquellas personas que tras obtener su autorización de residencia deciden abandonar España y volver a su país de origen o por desconocimiento creen que una vez obtenida la autorización de residencia creen que lo van a mantener el resto de su vida.

Según la normativa vigente, es posible la recuperación de la titularidad de la tarjeta de residencia: 

  • Cuando la autorización de residencia de larga duración se haya extinguido por la ausencia en el territorio de la UE durante 12 meses consecutivos.  
  • Cuando la autorización de residencia de larga duración se haya extinguido por la adquisición de una autorización de residencia en otro Estado miembro. 
  • Cuando el extranjero residente de larga duración regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno (3 años).

 

Este trámite lo debe realizar la persona interesada personalmente mediante dos formas:  

  • Presentando la solicitud directamente en España: en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que vayas a fijar tu residencia. En este caso se debe viajar previamente a España y realizar la solicitud dentro de los 90 días posteriores a la entrada en el país.   
  • Presentando la solicitud ante la misión diplomática u oficina consular que corresponda por domicilio antes de viajar a España.  

El plazo de resolución de la solicitud son tres meses a partir del día siguiente a la fecha de presentación al órgano competente. 

En caso de que te encuentres en esta situación y desees recuperar tu tarjeta de residencia no dudes en contactar con nosotros.